Cámara de Diputados dice SÍ a compensación de retraso aéreo
Por unanimidad en la Cámara de Diputados, con 422 votos a favor, ayer 18 de marzo se aprobó la compensación de retraso o cancelación en vuelos de las aerolíneas que operan en nuestro país, tema que pasará al Senado para entrar en vigor.
Esta iniciativa demanda que, ante un vuelo nacional demorado entre dos y cuatro horas, los pasajeros deberán ser compensados con alimentos, bebidas y descuentos para viajes posteriores, más un 7.5 por ciento como compensación del valor del boleto.
Empero, si la espera es de más de cuatro horas, los pasajeros podrán solicitar la indemnización establecida para la cancelación de viaje, que incluye el 100 por ciento de reembolso del boleto, un vuelo sustituto y un 25 por ciento más del costo del boleto, con efecto de indemnización considerándolo cancelado, pese a que el pasajero elija esperar a que su vuelo despegue. Además de ofrecer alimento y hospedaje.
Asimismo, la iniciativa también incluye que ninguna aerolínea debe cobrar la primera maleta documentada y se establecieron límites de equipaje; es decir, se podrán llevar 25 kilos de equipaje cuando el vuelo tenga capacidad igual o mayor a 20 pasajeros y 15 cuando sea menor.
Cabe destacar que por pérdida de equipaje se hará una multa de $11 mil pesos y si el retraso se debe a situaciones climatológicas, NO aplicarán dichas cláusulas, pues son temas extraordinarios a las aerolíneas. En la compra de boletos, los pasajeros podrán cambiar datos o cancelarlos en las 24 horas posteriores, tema que antes no se hacía válido.
Así, las reformas a la ley de Aviación Civil y las reformas a la Ley de Protección al Consumidor sirven “para establecer los derechos y obligaciones de pasajeros, concesionarios y permisionarios del servicio público de transporte aéreo, entre los que figuran compensaciones por retrasos de vuelos”.