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¡Ojo! Desde ya, nuevo requisito para entrar a Estados Unidos

Las personas que vayan por avión a Estados Unidos deberán cumplir un nuevo requisito sanitario antes de abordar. Desde el pasado 3 de noviembre de 2026, todos los pasajeros de vuelos internacionales tendrán que firmar una declaración en la que confirmen que no estuvieron en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al viaje.

La medida aplica sin importar el país desde el que salga el vuelo. Por lo tanto, una persona que se traslade desde México, Canadá, Europa, Asia o cualquier otra región deberá presentar la certificación, aunque nunca haya visitado África.

En términos prácticos, no se trata de una nueva visa, sino de una declaración sanitaria que se incorpora al proceso de registro o embarque.

La definición de “haber estado” incluye una visita por tierra, mar o aire. También cuenta una escala en un aeropuerto congoleño, incluso si el viajero permaneció dentro del avión o nunca salió de la terminal. Un simple sobrevuelo sin aterrizaje no se considera presencia.

Quien sí haya pasado por la República Democrática del Congo deberá permanecer fuera de Estados Unidos durante 21 días. El día de salida se considera día cero y el pasajero puede volver a abordar un vuelo hacia territorio estadounidense a partir del día 22.

¿Quiénes deben firmar la declaración?

El requisito tiene un alcance amplio. Aplica a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, extranjeros, personas que solo hagan conexión y personas que viajen en vuelos privados o de aviación general. La orden modificada incluye a integrantes de tripulaciones de pasajeros y carga.

Los viajeros que solo utilicen un aeropuerto de Estados Unidos como escala rumbo a otro país también deberán entregar el documento. La regla se activa cuando el vuelo aterriza en territorio estadounidense, aunque el viajero no tenga como destino final una ciudad del país.

Cada persona requiere una declaración individual. En el caso de menores de 18 años, el padre, la madre, el tutor o una persona autorizada puede firmar en su nombre. Si alguien tiene una discapacidad que le impide completar el documento, un familiar, acompañante u otra persona autorizada puede hacerlo.

¿Qué pasa si un pasajero no firma?

Las aerolíneas y operadores deberán comprobar el cumplimiento antes del abordaje. Si una persona no presenta la declaración y tampoco cuenta con una exención emitida por el gobierno estadounidense, no podrá subir al avión.

Las compañías deberán conservar cada certificación durante al menos 42 días después de la llegada y entregarla a las autoridades cuando exista una solicitud. Pueden guardar una copia para su archivo, aunque los CDC no lo exigen.

Proporcionar información falsa de forma intencional puede derivar en multas, procesos penales y penas de prisión. El formulario oficial advierte que la declaración se entrega bajo las disposiciones de la legislación federal estadounidense.

¿Por qué se implementó esta medida sanitaria?

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades explicaron que la disposición busca reducir el riesgo de introducción del ébola a través de los traslados internacionales. El periodo de 21 días corresponde al tiempo máximo de incubación conocido de la enfermedad.

La certificación solo aplica a viajes aéreos hacia Estados Unidos o a conexiones dentro del país. No será necesaria para cruces terrestres desde México o Canadá ni para llegadas por puertos marítimos.

Quienes tengan un vuelo programado después de la entrada en vigor deben revisar los mensajes de su aerolínea y completar el documento durante el check-in digital, en el aeropuerto o antes del embarque, según el procedimiento de cada compañía. La recomendación es no dejar este paso para el último momento.

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