Sectur promueve regulación de la industria turística en México
A partir del pasado 31 de marzo, todos los prestadores de servicios turísticos en México, estarán obligados a inscribirse en el Registro Nacional de Turismo, según lo señala el acuerdo publicado por la Secretaría de Turismo en el Diario Oficial de la Federación, en el que se establece que “todas aquellas actividades económicas vinculadas con el turismo que, de acuerdo a las tendencias del mercado y a la demanda de los turistas han sido identificadas por la Secretaría, serán susceptibles de formar parte del presente instrumento”.
En él se establece que las agencias de viajes, agencias integradoras de servicios, todos aquellos negocios que preparan, y sirven alimentos y bebidas principalmente en áreas circundantes o dentro de aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de ferrocarril, museos, zonas arqueológicas, playas, puertos marítimos, etcétera, tienen un plazo de 12 meses -a partir de esta fecha- para estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo, de lo contrario podrán ser acreedores de multas o en su defecto de una clausura a sus negocios.
Con ello, el Ejecutivo Federal, los Estados y Municipios podrán acceder a la información sobre todos los prestadores de servicios turísticos que incluyen también a los balnearios, campos de golf, salvavidas, guías turísticas, empresas de hospedaje; operadoras de aventura, de naturaleza, de buceo y de marina turística; parques temáticos, spas, tiempos compartidos, tour operadores, transporte turístico y globos aerostáticos.
El Registro Nacional de Turismo, es el catálogo público de prestadores de servicios turísticos en el país, cuyo objetivo es regular a las empresas, difundir el mercado y establecer comunicación con las mismas cuando así se requiera en pro de brindar un mejor servicio, así como de constituir una fuente base para la promoción y difusión de los mismos, por lo que es necesario mantenerlo actualizado.